¿Es obligatorio el seguro escolar?
En este artículo podrás informarte acerca de
Comienza la vuelta al cole y con ella un sinfín de gastos que hacen de septiembre un mes de grandes desembolsos. Por eso los padres tratan de buscar el modo de ahorrar todo lo posible. A esto hay que añadir la preocupación por las coberturas incluidas en los seguros escolares que protegen a los alumnos en sus respectivos centros educativos.
¿Qué es un seguro escolar?
En España existe un Seguro Escolar Obligatorio que se estableció por ley en 1953. Con él se protege a los alumnos menores de 28 años que puedan sufrir accidentes en su centro educativo, alguna enfermedad o determinadas situaciones familiares. Este seguro cubre a alumnos que cursen estudios oficiales desde 3º de la ESO hasta 3º del ciclo universitario (1º y 2º ciclo, Grado, Máster Universitario o Doctorado). También a los que realizan prácticas en empresas y a los estudiantes nacionales de los Estados miembros de la Unión Europea y del Espacio Económico Europeo, también hasta los 28 años.
Este seguro se paga con la matrícula y está incluido en el Régimen Especial de la Seguridad Social. Cubre tanto los accidentes escolares en el centro como la asistencia en caso de accidente. Un 50% lo abona el interesado y el otro 50% corre por cuenta del Ministerio de Educación. También pueden encontrarse entre sus coberturas los desplazamientos fuera de los centros si están amparados por las AMPAs (Asociaciones de Madres y Padres de Alumnos).
En el caso de los escolares más pequeñitos, los de infantil y primaria no tienen obligación de contratar el seguro escolar, por tanto, es voluntario. En muchas ocasiones es el propio AMPA o los colegios los que optan por contratar también un seguro escolar para estos alumnos de menor edad. Además, entre los seguros adicionales que se suelen contratar están el seguro de Responsabilidad Civil, seguro de salud o seguro de accidentes.
Según la UNESPA (Unión Española de Entidades Aseguradoras y Reaseguradoras), una de las causas más habituales de percances en el colegio es la derivada del uso de equipamientos lúdicos, como pueden ser barras, pequeñas paredes de escalada, toboganes y columpios…
El seguro escolar se considera un logro en cuanto a cubrir daños potenciales que puedan sufrir los alumnos en el centro, donde pueden producirse pequeños accidentes
Los accidentes en estos espacios pueden provocar lesiones de importancia acarreando gastos médicos, quirúrgicos u odontológicos y por este motivo, los centros escolares se ocupan de que estas zonas estén diseñadas de manera segura y de tener cubiertos todos los posibles riesgos a través de un seguro adecuado que debe ser conocido y estar a disposición de los padres y alumnos.
¿Qué cubre el seguro escolar en primaria?
Este tipo de pólizas suele ofrecer prestaciones sanitarias y económicas para casos de enfermedad, accidente escolar o incidente familiar. Algunas de ellas son:
- Asistencia sanitaria
- Hospitalización
- Cuantía económica o renta vitalicia si el alumno sufre un accidente y le quedan secuelas con resultado de incapacidad permanente absoluta para los estudios
- Ayuda económica para los familiares (en concepto de gastos de inhumación) en caso de fallecimiento del alumno debido a accidente escolar
- Ayuda económica para el estudiante hasta finalizar sus estudios en caso de que falleciera el cabeza de familia
¿Qué estudios cubre el Seguro Escolar Obligatorio?
Para estar cubierto por esta póliza, el alumno debe estar matriculado en alguno de los cursos que exponemos a continuación:
- 3º y 4º curso de ESO y Bachillerato
- Formación Profesional (segundo grado, grado medio, grado superior y especial)
- Estudios Universitarios (incluidos doctorados y prácticas en empresas)
- Grado Superior Conservatorios de música y danza
- Estudios de arte dramático
- Programas de Cualificación Profesional
- Estudios superiores de Teología en centros de la iglesia católica
- Segundo curso de educación secundaria para personas adultas
- Programas de formación para la transición a la edad adulta
¿Es obligatorio el seguro escolar en los colegios concertados?
Según reza en la ley arriba mencionada, desde 1953 es obligatorio el seguro escolar en los centros de enseñanza públicos y concertados, y cabe suponer que también en los privados, ya que en todos ellos se imparten clases a escolares en los cursos asegurados (a partir de 3º de E.S.O.).
Sería raro encontrar un colegio donde este seguro no estuviera presente, aunque si estás en el grupo de los padres despistados, puede que no te hayas fijado siquiera en que lo abonas, dado el bajo importe que supone y que se paga con la matrícula.
¿Cuánto cuesta el seguro escolar?
Este seguro supone una cuota realmente baja, de poco más de dos euros, que se paga obligatoria y conjuntamente por el estudiante y el ministerio correspondiente, en la misma proporción. Como alumno, abonarás algo más de un euro. Como hemos señalado, está incluido en el coste de la matrícula y su duración es anual, por lo que el alumno está cubierto durante el curso completo.
Sin embargo, tal y como se expone desde la UNESPA, los directores de centros educativos no dejan todo en manos del seguro escolar, entre otras cosas porque no cubriría nada que esté relacionado con el colegio en sí. Al final no podemos olvidar que se trata de un edificio en el que hay cosas de valor que deben protegerse.
Por esta razón es habitual contratar una póliza multirriesgo que cubra todos o casi todos los daños o robos que pueda sufrir el edificio en sí mismo: rotura de cristales, goteras, robos de bienes o efectivo, daños estéticos o eléctricos o en los equipos informáticos…
También es importante que el colegio tenga un seguro de Responsabilidad Civil que cubra los daños causados a terceros, ya que el centro, es responsable de los daños personales o materiales que sufran o causen los alumnos mientras están bajo su tutela.
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