Si vendo una moto ¿qué pasa con el seguro?

Si vendo una moto qué pasa con el seguro Motocicleta

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Son numerosos los motivos por los que vamos a vender nuestra moto, desde el cambio por otra que llevábamos siguiendo un tiempo, a su cambio por otro vehículo obligado por el aumento de personal que va teniendo la familia… en cualquier caso, para cualquier situación existe una posible salida para nuestro seguro. Si ya hemos procedido a su venta, vamos a ver a continuación qué se puede hacer con el seguro de esa moto que acabamos de vender.  

Las opciones van a depender del objetivo que tengamos en mente; si hemos vendido la moto porque, por ejemplo, vamos a cambiar de residencia y ya no parece que vayamos a volver a conducir en España por un buen tiempo, las opciones a barajar serán diferentes a las que tengamos si nuestra venta se produce simplemente con la idea de cambiar de vehículo.

¿Entonces, puedo vender una moto y dejar el seguro?

Valoremos ese caso en que durante un buen tiempo nos vamos a encontrar fuera del país, y hemos decidido vender la moto, sin necesidad de comprar otro vehículo en su lugar. En este caso, no sólo nos vamos a deshacer de la moto, sino que también vamos a tratar de terminar nuestra relación con la compañía aseguradora. Encontramos un comprador, primer paso dado; pero nuestro comprador tiene su propia compañía aseguradora de toda la vida y pretende mantenerse en ella para este nuevo vehículo. En ese caso, debemos anular nuestra póliza, pero es importante saber que las compañías aseguradoras no devuelven el importe de aquellos plazos ya pagados con anterioridad a la venta. Lo habitual es que la compañía se avenga a mantener ese dinero adelantado para que pueda ser aprovechado en el siguiente vehículo que vayas a tener, asegurándose de esa forma que seguirás con ellos como cliente. Aunque hay un plazo máximo por el que reservarán este dinero, que habitualmente es de un año. Pasado ese tiempo, el dinero ya no podrá ser usado en una póliza nueva.  

Valoremos ahora que hemos decidido vender nuestra moto, y vamos a comprar otra moto, o un coche y además, nos vamos a mantener como socios de la misma compañía. En este caso, la compañía aseguradora puede utilizar el dinero que ya haya sido pagado para asegurar la moto anterior, y de esta manera atenuar el gasto de la nueva póliza, con lo que la prima que paguemos por el seguro de la moto nueva podrá no ser tan alta como pensábamos.  

Por último, valoremos la posibilidad de vender nuestra moto, y que el comprador quiera subrogarse a la póliza que ya teníamos, de alguna manera traspasar el seguro a un nuevo conductor. En este caso, debemos comunicárselo a la compañía aseguradora al menos con quince días de antelación, y la compañía deberá aprobar este traspaso, reservándose el derecho de revisar las condiciones toda vez que se va a producir un cambio de tomador. Sólo en el caso de que la compañía no apruebe al nuevo tomador en la subrogación ésta se verá obligada a devolver al asegurado el importe proporcional al tiempo ya pagado por adelantado y que no va a ser usado.  

Algo que hay que tener en cuenta siempre: no es buena idea vender la moto, subrogar al nuevo propietario en la póliza que teníamos, y salir nosotros de la misma, todo esto sin previa notificación a la compañía aseguradora, o sin cambio de titularidad en tráfico. Las consecuencias pueden ser muy serias; si el nuevo propietario tiene un accidente, pero no aparece como titular de la póliza, quien deberá responder por los daños ocasionados a terceros o en la moto será quien aparezca como titular de la póliza en ese momento, por lo que la aseguradora puede no hacerse cargo de dichos gastos, al haber sido ocasionados por una persona diferente a la que aparece como titular en la póliza.  

Por tanto, en el caso de que vendamos nuestra moto y no vayamos a aprovechar esa póliza para un nuevo vehículo, el comprador aporte su propia póliza, o nuestra compañía aseguradora no quiera traspasar el seguro al nuevo comprador, lo más inteligente es cancelar esa póliza, presentando para ello los papeles que acrediten la venta de la moto, su traspaso, y el cambio de titularidad. Sólo ten en cuenta que los plazos para notificar la baja del seguro no son los mismos que si vamos a hacer una subrogación; en este caso debemos avisar a la compañía aseguradora por escrito con un mes de anterioridad a la fecha de cancelación del seguro.  

Y mucho cuidado también con el trámite del cambio de titularidad de la moto, pues aunque es responsabilidad del comprador, hay quien por ahorrarse una cantidad pequeña o un tiempo de espera no la realiza, y las consecuencias, para el comprador, y en ocasiones para el vendedor, pueden ser graves.