Diferencias entre titular de cuenta y autorizado
En este artículo podrás informarte acerca de
Cuando vamos a abrir una cuenta en una entidad bancaria existen varias posibilidades: figurar como titular o como autorizado. Antes de tomar la decisión tienes que tener en cuenta es que no son lo mismo.
Titular de cuenta
Esta figura es quien firma el contrato con el banco, es por tanto el propietario de los fondos que estén depositados en la cuenta y es también el deudor en el caso de que se haya realizado una operación de préstamo. Asimismo, es a quien le afectan las obligaciones fiscales.
El titular está legitimado para disponer de los fondos como estime oportuno, contratar y cancelar servicios, así como cerrar la cuenta.
Las cuentas pueden tener uno o varios titulares y, en este caso, el contrato debe establecer la forma de disponer del dinero que puede ser de varias maneras:
- Cuenta con titularidad indistinta (o solidaria): en esta modalidad cualquiera de los titulares puede disponer del dinero por su cuenta, sin necesidad de autorización de los demás titulares.
- Cuenta con titularidad conjunta (o mancomunada): en este tipo es necesaria la autorización de todos o al menos de un número de ellos para disponer del saldo.
- Cuenta con titularidad subordinada: Este modo de titularidad establece diversos rangos entre los titulares, de forma que el que ostente el 1º grado no necesitará autorización de ningún otro titular, mientras que el resto necesitarán siempre de la autorización de aquellos que le superen en grado.
Autorizado
Una persona autorizada es aquella que el titular de la cuenta nombra para que disponga del dinero en su nombre. Pero has de tener claro que si eres la persona autorizada NO eres realmente el propietario del mismo y, por tanto, tampoco tendrás ningún tipo de repercusión fiscal.
Un autorizado si puede disponer del saldo de la cuenta pudiendo para ello firmar reintegros y talones y también hacer transferencias. Asimismo, puedes realizar una solicitud de información sin contar con el titular. Lo que no podrás hacer bajo ningún concepto es solicitar a tu nombre tarjetas de débito o crédito, ni cancelar ningún tipo de producto del titular. Tampoco puedes modificar las condiciones de la cuenta, solicitar su bloqueo, ni realizar disposiciones de la misma después del fallecimiento del titular.
La autorización podrá ser revertida por el titular en cualquier momento y, en todo caso, quedará extinta en el momento de la muerte de éste.
Ten en cuenta que es posible añadir autorizados a una cuenta bancaria una vez ha sido abierta, pero la titularidad de una cuenta se determina en el momento de la firma del contrato, por eso no es posible incluir nuevos titulares más adelante.
Cómo nombrar a un autorizado
Si eres un titular de una cuenta y quieres autorizar a otra persona para que pueda ejercer actividad sobre el saldo existente, tendrás que solicitarlo por escrito en la oficina correspondiente de tu entidad bancaria. Junto a este escrito deberás adjuntar una fotocopia de tu DNI y especificar que concedes autorización al manejo de la cuenta.
Cuando conviene tener una cuenta con varios titulares o autorizados
Quizás nunca hayas considerado la idea de abrir una cuenta conjunta con varios titulares o nombrar a una persona autorizada.
Pero existen hay muchos casos en los que puede resultar recomendable, o incluso necesario, añadir varios titulares o autorizados en una misma cuenta bancaria:
- Si el titular de la cuenta no se encuentra en disposición de acudir a su oficina, bien porque se encuentra incapacitado o bien porque prefiere que otra persona se ocupe de llevar a cabo determinados trámites en su nombre, tener una persona autorizada puede resultar muy útil, ya que puede hacerlo en su lugar.
- Si el titular de la cuenta es un menor de edad, en este caso es completamente necesario nombrar a una persona autorizada –normalmente un tutor legal– para gestionar dicha cuenta, hasta que el menor alcance la mayoría de edad.
- En caso de matrimonios con bienes gananciales, comunidades de propietarios o condominios puede resultar útil abrir una cuenta con varios titulares para simplificar y supervisar la gestión de los fondos comunes a todas las partes involucradas.
Qué ocurre si fallece el titular de la cuenta
Cuando el titular de una cuenta bancaria fallece, como marca la ley, sus herederos lo suceden en sus derechos y obligaciones y es necesario comunicárselo a la entidad correspondiente a través del certificado de defunción. En ese momento quedará inmovilizado el dinero y ahorros que haya en la cuenta hasta el mismo momento en el que la herencia se ejecute.
No obstante, si se trata de una cuenta de titularidad indistinta, el resto de los titulares podrán seguir disponiendo del dinero.
En el caso de cuentas con disposición conjunta, si uno de los titulares fallece, los demás necesitarán del consentimiento de los herederos para poder disponer del dinero.