Cómo solicitar una moratoria hipotecaria
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Aunque tener una casa es el sueño de muchos, a veces se dan situaciones en las que puede resultar muy difícil mantener el equilibrio. Afortunadamente, ante un incendio, un robo, o una rotura, podemos acudir a nuestro seguro de hogar pero, por desgracia, existen situaciones al margen de lo que todos podíamos imaginar…
La hipoteca es, generalmente, el desembolso más importante para una familia media española
Durante el año 2020 el mundo entero vivió el comienzo de una pandemia. Dentro del marco de las medidas de choque para mitigar el impacto económico, el Gobierno de España aprobó la moratoria en el pago de hipotecas dirigido a las personas que se encontraban en situación de vulnerabilidad económica. Esto ayudó a muchas familias que se vieron obligadas a posponer sus pagos para así poder mantener una calidad de vida durante un periodo lleno de incertidumbre.
¿Qué es una moratoria hipotecaria?
Una moratoria hipotecaria supone, ni más ni menos, la posibilidad que se otorga a un deudor de aplazar las cuotas de su hipoteca durante un plazo de tiempo determinado.
Debido a la situación excepcional del comienzo de la pandemia del Covid-19, se pusieron sobre la mesa una serie de posibilidades especiales para ayudar a las personas a superar la crisis económica que derivó en despidos, ERTES, cierres de negocio, etc. Todo ello quedó contemplado en los Reales decretos 8/2020 del 17 marzo y 11/20 del 1 de abril.
Más adelante se actualizaría con el Real Decreto 3/2021 pudiendo pedirla todo aquel que no hubiese solicitado la anteriormente citada o quienes sí lo hubieran hecho, pero con la condición de no haber superado un plazo de nueve meses en esta situación. Hoy por hoy, un alto porcentaje de estas moratorias concedidas ya ha vencido.
Requisitos para acogerse a la moratoria hipotecaria
Para poder optar a esta ayuda, se establecieron una serie de requisitos específicos para cada caso:
- Estar en situación de desempleo o que los ingresos totales o las ventas sufran una caída sustancial de más del 40%.
- Los ingresos como unidad familiar, durante el mes anterior a la fecha de solicitud de la moratoria, no pueden superar un umbral determinado: en líneas generales, tres veces el IPREM.
- Las unidades familiares con algún miembro que tenga concedida una discapacidad superior al 33%, alguna incapacidad permanente laboral o algún tipo de situación de dependencia siempre que no se supere cuatro veces el IPREM.
- Las familias en las que algún miembro sufra una enfermedad mental, incapacidad intelectual, parálisis cerebral podrán pedir la moratoria siempre que no superen cinco veces el IPREM.
- La cuota hipotecaria, más los suministros básicos y los gastos, debe ser superior al 35% de los ingresos netos que reciba el conjunto de los componentes de la unidad familia.
- Que la unidad familiar tenga, derivada del impacto del Covid 19, una alteración importante de su situación económica en lo que se refiere al acceso a la vivienda. Dicho esfuerzo debe representar sobre la renta familiar un 1.3 veces lo habitual o, en el caso de aquellos que tienen un negocio, una caída de las ventas como antes mencionábamos de, al menos, el 40%.
¿Dónde presentar la solicitud para la moratoria hipotecaria?
La normativa establece que tiene que ser el deudor quien tiene que hacer la solicitud a su entidad bancaria. Para facilitar este trámite y evitar que la gente se desplazase a las oficinas durante la alerta sanitaria, las entidades pusieron en marcha procedimientos para que los deudores pudieran pedir la moratoria hipotecaria a través de canales digitales.
Para poder acogerse a estas medidas era necesario cumplir una serie de requisitos en relación al motivo de la adquisición y uso de dicho inmueble, estando contempladas por la medida la vivienda habitual, el inmueble para desarrollar una actividad económica o la vivienda en alquiler. También era imprescindible demostrar la situación laboral, así como los ingresos, para ver si era factible en cada una de las situaciones aplicar esta medida o no mediante contratos de titularidad o arrendamiento, libro de familia, contrato de préstamo, declaración de discapacidad, dependencia o incapacidad permanente, certificados de la agencia tributaria o de desempleo, etc…
¿Qué es una moratoria hipotecaria?
Los seguros ligados a las hipotecas están para proteger el patrimonio del asegurado en caso de que le suceda algún imprevisto. Y se puede dar el caso de personas que fallecen a edades tempranas y que son el sostén de la amortización de un préstamo hipotecario. A este drama se le suma un gravísimo problema a la familia ya que pueden dejar de tener capacidad para hacer frente a los pagos del préstamo y enfrentarse al peligro de perder la vivienda.
Un seguro de vida protege no solo los bienes con deudas asociadas, sino a la familia del asegurado
Por este motivo, tener contratado un seguro de vida, te garantiza una tranquilidad extra. A veces es el propio banco quien ofrece este tipo de pólizas a la hora de hacer el préstamo, incluso muchas veces, es de obligada contratación durante un tiempo determinado.
Los seguros de vida actúan en dos momentos clave:
- En caso de fallecimiento o incapacidad: el seguro se encargará de pagar el capital convenido con el que la familia del asegurado podrá hacer frente a las mensualidades pendientes de la hipoteca en caso de fallecimiento, incapacidad, larga enfermedad o invalidez según lo estipulado en la póliza.
- En caso de estar en riesgo los ingresos de quien ostenta el préstamo: algunos seguros de vida incluyen también la garantía de protección de pago por la cual el seguro satisface las mensualidades de la hipoteca durante un tiempo a causa de la interrupción de ingresos, como, por ejemplo, en caso de desempleo.
A pesar de que un seguro no puede evitar una pérdida dolorosa, sí puede ayudar con el potencial perjuicio económico que pudiera derivarse de ella; por eso te invitamos a que compruebes si tus seguros cumplen con tus necesidades, sean de vida, hogar, coche…. y a que lo hagas contando siempre con nuestros asesores expertos.