Mi moto es siniestro total: ¿cómo actúa el seguro?

Motocicleta

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La situación es ya de por sí complicada; para empezar, la sensación es la de que nos hemos quedado sin moto, por lo que partimos ya de un disgusto inicial. Ahora debemos tratar de apaciguar este disgusto de la mejor forma, y tratar de que nuestra indemnización sea lo más alta posible con la idea de poder acceder a otra moto pronto. Sin embargo, las compañías aseguradoras no suelen ofrecer cantidades altas tras declarar siniestro total un vehículo. Vamos a tratar en este artículo de explicarte todo lo que rodea a la declaración de siniestro total y el papel que juega tu seguro de moto.

¿Qué es un siniestro total?

Básicamente, la declaración de siniestro total por parte de nuestra aseguradora llega cuando el valor de reparación de la moto siniestrada es superior a su valor venal. Y tú como propietario dirás, bueno, pues el valor de mercado, ¿no? Inmediatamente buscarás por cuánto se están vendiendo las motos de la misma edad que la tuya y como la tuya y podrás hacerte una idea de cuánto dinero alcanzará la indemnización… sentimos decirte que no, no va por ahí. De hecho, el valor venal del vehículo es el precio que va a pagar quien después venderá ese vehículo en el mercado, y por supuesto, será inferior, ya que de no ser así, no habría ganancia en su posterior venta. En definitiva, no sólo nos darán menos por nuestra moto, sino que además será declarada siniestro total con mayor facilidad. Ya empezamos mal, ¿verdad? Pues hay más.  

Las compañías aseguradoras tienen suscritos convenios de reparación de daños materiales, llamados (CIDE, ASCIDE y CICOS), ya que en su día llegaron a la conclusión de que unas veces les tocaba ejercer como culpables, y otras como perjudicados, por lo que en sus cuentas finales, alcanzaron un valor estadístico por el que se indemnizan unas a otras. Es decir, Perjudicado escribe a Culpable reclamando daños materiales, y Culpable escribe aceptando culpa, o sin necesidad de respuesta asumiendo su culpa, procede al abono de una cantidad denominada módulo, que se establece anualmente. A partir de entonces, a la compañía aseguradora, que ya ha recibido el módulo, le toca peritar e indemnizar al asegurado por su moto siniestrada. No es muy difícil caer en la tentación de pensar que la compañía va a intentar quedarse en su peritación por debajo del módulo, por lo que al final, quien debería defendernos se convierte en quien, si puede, menos nos va a pagar.  

¿Y cuál es entonces la mejor opción?

De nuevo la respuesta depende de varios factores. Como hemos dicho antes, existe la cuantía del valor venal, si bien muchas de las aseguradoras mantienen en sus pólizas la indemnización del valor a nuevo del vehículo en el momento del accidente durante el primer año, y en ocasiones incluso durante el segundo. En este sentido, es fundamental por tanto la edad del vehículo en el momento del accidente. Si no tenemos intención de arreglar la moto por nuestra cuenta, lo más sencillo es olvidarnos de la moto siniestrada y tratar de obtener la máxima indemnización posible, teniendo en cuenta que al valor venal se debe sumar un 30% conocido como valor de afección.

En el caso de que queramos quedarnos con los restos de la moto, bien sea para arreglarla nosotros, o para vender sus piezas, cualquiera que sea el motivo, lo podremos hacer, pero hay que saber que en este caso la indemnización se verá reducida en la cuantía en que se valoren los restos.  

Puede darse también el caso de que no estemos de acuerdo con la declaración de siniestro total, y demos el paso de reparar nuestra moto por nuestra cuenta. En este caso, primero debemos hacernos cargo del gasto de la reparación, y posteriormente reclamar esa cuantía, pero cuidado, hay límites. Si el valor de la reparación es mayor del triple del valor venal de la moto siniestrada, el juez puede pensar que se ha producido un enriquecimiento injusto, por lo que la compañía solo quedará condenada a abonar una parte de la factura.  

También podemos valorar la opción de presentar la reclamación por el valor presupuestado de la reparación de la moto, sin intención real de repararla, pero las dificultades para esta opción son mayores que los beneficios, ya que al ser un trámite judicial, puede que se extienda en el tiempo; además, puede ocurrir además lo que se ha dicho antes, que el juez entienda que el valor de la reparación presupuestada es mucho mayor que su valor venal o de mercado, y la compañía solo tenga que pagar una parte del presupuesto. Y como no hay factura que certifique el arreglo realizado, el importe a abonar por parte de la compañía podría no contemplar el IVA. En el peor de los casos, el juez podría considerar que el dinero que estamos reclamando no se va a usar para el arreglo de la moto, sino para acceder a la compra de una nueva, produciéndose entonces un beneficio injusto.  

Todo lo anterior se aplica en el caso de que no seas tú el culpable del accidente, pues en este caso, si la moto queda declarada como siniestro total a consecuencia de un accidente en el que seas tú el responsable, estás obligado a aceptar la cuantía que la compañía aseguradora te ofrece como indemnización. Y eso, siempre que tuvieras contratada una póliza a todo riesgo, o una póliza flexible que contemple de un modo u otro los daños propios.  

Recuerda que en El Corte Inglés Seguros tienes a tu disposición un comparador que te permitirá conocer qué compañía te ofrece el mejor equilibrio. Una vez decidida la compañía, no olvides revisar sus coberturas en el caso de que tu moto sea declarada siniestro total. Haciéndolo así, podrás evitar disgustos mayores.