¿Es obligatorio llevar dos retrovisores en moto?
En este artículo podrás informarte acerca de
Seguir las indicaciones de seguridad en cualquier medio de transporte es algo indiscutible pero más aún cuando hablamos de circular en una moto. Los peligros a los que nos vemos expuestos son mayores y por eso, cualquier herramienta que nos ayude a evitar una colisión debe utilizarse correctamente en todo momento.
Los retrovisores son un elemento fundamental en cualquier vehículo. Con ellos, el conductor puede tener control sobre todo su entorno ayudando a que su conducción resulte mucho más segura para él mismo y para los demás.
De la misma forma que ocurre con los coches, existen ciertas pautas sobre los retrovisores de las motos que siempre deben cumplirse tanto por tranquilidad como por normativa.
Si tienes dudas, aquí encontrarás todo sobre los retrovisores que debes llevar y cómo tu seguro de moto puede ayudarte con estos elementos.
¿Qué retrovisor es obligatorio?
Los retrovisores, además de imprescindibles para circular con seguridad, son obligatorios. La cantidad y su posición dependerán de varios factores en función de que vehículo se trate:
Para los coches son obligatorios el retrovisor exterior izquierdo y el central. En el caso de que este último no pueda ser utilizado será obligatorio contar con el derecho y con el izquierdo. Si se trata de un vehículo con remolque o una caravana, será obligatorio usar ambos retrovisores exteriores y, además, en caso de no tener visibilidad completa por dichos remolques se debe contar con espejos ampliatorios de manera obligatoria.
Si se trata de un autobús, los espejos de uso obligado son el derecho y el izquierdo al igual que para los camiones de entre 3.5 t y 7.5 t, y para los que superen las 7.5 t será obligatorio llevar el retrovisor izquierdo, derecho, gran angular y el de proximidad.
Los quads, cuadriciclos y vehículos de 3 ruedas dependerán de su estructura siendo obligatorio siempre el izquierdo y pudiendo serlo el central. Sin embargo, los vehículos de trabajo como los tractores sólo están obligados a tener retrovisor izquierdo.
Contar con ambos retrovisores no es obligatorio en todos los casos, pero sí es muy recomendable
En el caso de las motos no todas están obligadas a llevar los mismos espejos retrovisores, de hecho, en función de su velocidad máxima se rigen por diferentes normativas.
¿Cuándo se puede circular con un solo retrovisor?
Cuando se trate de una motocicleta que no alcance los 100 km/h sólo tiene obligación de llevar el retrovisor izquierdo, pudiendo llevar el derecho si así lo decide el conductor para mayor comodidad.
Los ciclomotores son la excepción. Suelen llevar ambos retrovisores de serie por decisión de las marcas que los comercializan, pero lo cierto es que no pueden superar los 45 kilómetros por hora y por ello no es obligatorio que lleven dos retrovisores, podrían circular solo contando con el retrovisor derecho.
¿Cuándo hay que hacerlo con dos?
Las motos que superan los 100 km/h como velocidad máxima deben llevar ambos retrovisores laterales para cumplir con la ley y las normas vigentes. De hecho, en caso de no llevar los dos, nos enfrentaríamos a la inmovilización de la moto, a una multa que asciende hasta los 200 euros y, por descontado, nuestra moto no pasará la ITV si no acude con todos los elementos obligatorios.
Cuántos retrovisores debe llevar una moto de 125
Las motos de 125cc pueden llegar a alcanzar los 110/115 kilómetros por hora. Basándonos en los datos que ya hemos visto, se trata de una moto con una velocidad máxima por encima de los 100 km/h, por lo que siempre deberá llevar dos, retrovisor izquierdo y retrovisor derecho, para cumplir con las normas de circulación.
Retrovisores y otros elementos de la moto: a salvo con tu seguro
¿Quién dijo que las motos sólo pueden asegurarse con una póliza básica? Cada vez más conductores son conscientes de la tranquilidad que aporta tener un seguro más amplio no sólo en sus coches sino también en sus motos.
Cualquier seguro dispone de la cobertura de Responsabilidad Civil dado que es obligatoria para poder circular, pero, ¿sabes cómo pueden ayudarte otras coberturas disponibles para tu moto? Te citamos las más contratadas:
Asistencia en carretera: Si hubiese una avería o un accidente será la compañía la encargada de reparar tu moto (si es posible en ese mismo punto) o de remolcarla hasta el taller. También garantiza los traslados de los ocupantes.
Asistencia sanitaria y daños al conductor: Esta cobertura no es obligatoria pero probablemente sea la más recomendable de todas. Se trata de la cobertura que garantiza los traslados y la propia asistencia sanitaria en caso de accidente, así como indemnizaciones por muerte, invalidez y secuelas físicas.
Gestión de multas: Si, por ejemplo, te han multado por no llevar correctamente los retrovisores de tu moto, esta cobertura te interesa. Con ella, contarás con asesoramiento legal y gestión de trámites, así como presentar recursos por sanciones de tráfico si quieres recurrir una multa que te hayan puesto.
Incendio y/o robo: Ampliando un poco más el seguro puedes optar por elegir una póliza que cubre el incendio, el robo o ambas. Sobre todo, se trata de una alternativa muy interesante si tu moto pasa muchas horas aparcada en la calle.
En el caso de las motos es frecuente que la cobertura de robo, así como la de incendio, puedan contratarse con franquicia. Esto hará que la póliza cueste un poco menos y sólo se tenga que abonar la franquicia en caso de dar un parte por estás garantías.
Otros daños propios o seguro a todo riesgo: Igual que en los seguros de coche se puede elegir cubrir los daños propios con o sin franquicia garantizando la reparación por parte de la compañía de nuestra propia moto.
Presta atención si acabas de adquirir una moto y necesitas asegurarla, así como si se aproxima la renovación de tu seguro actual. Hacer una comparativa de seguros de moto y ver qué opción se ajusta más a tus necesidades por uso, zona de aparcamiento habitual, antigüedad y precio, entre otros, te permitirá tener la tranquilidad de que nunca estarás solo ante un posible accidente.