¿Quién hereda si no tengo testamento?

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En este artículo podrás informarte acerca de

¿Alguna vez te has preguntado quién hereda si no haces testamento? Cada vez hay más personas que son conscientes de lo que puede ocurrir si no se deja preparado un testamento antes de morir, por lo que se están decidiendo a dar este paso tan necesario para garantizar la tranquilidad de su familia en el momento de su fallecimiento.

Proteger nuestros bienes y la estabilidad de nuestros seres queridos es algo que todos procuramos hacer en vida mediante la contratación de un seguro de vida, la instalación de sistemas de seguridad, alarmas, cajas fuertes, etc. Pero tanto o más importante es pensar en lo que ocurrirá con esos bienes tras su fallecimiento. 

En España aún son pocos los que se preocupan de elaborar un testamento en vida para dejar plasmada su voluntad, bien porque son desconocedores de su importancia o bien porque no conocen los pasos para poder hacerlo.

En este articulo te explicaremos todo sobre testamento, herederos, costes de la gestión e incluso cómo pueden ayudarte tus seguros para que puedas dejarlo todo bien planificado para la tranquilidad de aquellos que más quieres.

¿Qué pasa si no hay testamento? 

El testamento es la única manera que tiene una persona para que se respeten sus deseos sobre quién ha de heredar sus diferentes posesiones a la hora de su fallecimiento. En caso de no existir dicho testamento habrá que seguir una serie de pasos para averiguar dónde irá a parar esta herencia.

Una vez han transcurridos quince días desde la fecha del fallecimiento, cualquier persona que crea poder ser heredero puede solicitar el Certificado de Últimas Voluntades. Esto se hace mediante un formulario oficial que deberá presentarse junto al certificado de defunción y el pago de la tasa correspondiente, de forma presencial, por correo o de forma digital.

Al haber un testamento escrito, los herederos son los herederos voluntarios, herederos forzosos y legitimarios. Pero cuando no existe un testamento encontramos:

  • herederos legales.
  • herederos legítimos o ab intestato.
  • herederos forzosos o legitimarios.

¿Quién lo hereda?: herederos abintestato

En caso de no existir un testamento, el Código Civil establece un orden de sucesión. Así, se heredarían como sigue los bienes de una persona fallecida que no ha realizado testamento en vida:

  • De existir hijos o descendientes de los hijos, estos se convertirían en herederos de todos los bienes.
  • En ausencia de hijos y nietos, los herederos serían los padres de la persona fallecida y ascendientes de los mismos.
  • En ausencia de los miembros familiares mencionados en los dos puntos anteriores, sería el cónyuge de la persona fallecida quien heredaría.
  • De no existir cónyuge, los herederos serían los posibles hermanos, después los primos y por último los sobrinos.
  • El último en la lista de herederos de bienes de una persona fallecida que no ha realizado testamento, sería el Estado.

¿Qué es un testamento del uno para el otro?

Un testamento “del uno para el otro” es un acto jurídico con el que dos cónyuges se legan entre ellos los bienes para poderlos disfrutar tras el fallecimiento de su pareja y que se conoce también en derecho como cláusula del cónyuge viudo. De esta forma, se entregan sus bienes en usufructo universal y vitalicio para así evitar cualquier posible conflicto con otros herederos.

Por esta razón el cónyuge viudo no puede vender dichos bienes de los que es usufructuario, dado que no le pertenece a él este derecho, sino a los herederos forzosos. Podría decirse que se trata de una herencia vitalicia que pertenecerá en uso y disfrute al cónyuge “heredero” hasta el momento de su muerte. 

No debemos olvidar que hacer de vez en cuando una comparativa de seguros de vida que pueda mejorar el que ya tenemos será fundamental para que nuestra pareja no encuentre dificultades económicas a la hora de nuestro fallecimiento.

Así te puede ayudar un seguro de decesos

Si hablamos de dejar resueltos con antelación los principales conflictos a los que se puede enfrentar nuestra familia en el momento de nuestra muerte, no podemos dejar de mencionar un seguro de decesos. Lo cierto es que poca gente conoce todas las ventajas de contar con esta protección y una de las más solicitadas es la de poder realizar el testamento a través de la aseguradora sin costes adicionales. 

Un buen ejemplo de ello son los seguros DKV Valor que comercializa El Corte Inglés Seguros dado que permiten realizar de forma gratuita el testamento online de forma rápida y sencilla junto a un abogado especialista que te acompañará en todo el proceso telemático. Todo este proceso finalizará con una firma ante notario, de la misma manera que se hace en un testamento convencional, y si el asegurado es dependiente o no tiene movilidad, se prestará este servicio en su propio domicilio.

En el testamento vital no se incluyen temas económicos, y en él no se designan herederos

Tendrás incluidos tanto el asesoramiento legal como la elaboración del propio testamento y las tasas de notaría, aunque tienes que tener en cuenta que cualquier otro gasto derivado de este servicio correrá por cuenta del asegurado.

Además, si te preocupa cambiar de opinión en algún momento, con un seguro de decesos DKV podrás modificar tu testamento una vez al año sin coste alguno.

¿Qué precio puede tener un testamento vital?

En el caso de no contar con un seguro que te permita hacer la gestión de forma gratuita, estos trámites tienen un coste que ronda los 150 o 200 euros, de media.

Ejemplo de testamento vital

Para que puedas ver, en líneas generales, qué puedes añadir a tu testamento vital, aquí tienes algunos ejemplos:

  • El deseo de recibir o rechazar ciertos cuidados paliativos.
  • Establecer límites en posibles tratamientos médicos o de reanimación.
  • Voluntad de donar o no tus órganos tras el fallecimiento.
  • Decisión sobre incineración o sepultura. 
  • Designar a alguien para tomar decisiones no reflejadas en el testamento.
  • Dejar constancia del deseo de contemplar la eutanasia si llegado el momento es factible por temas tanto médicos como legales.

Este testamento siempre han de realizarlo personas mayores de edad, sin coacciones y que se encuentren en pleno uso de sus facultades.

¿Dónde se hace?

A pesar de que existen ligeras variaciones entre comunidades autónomas, en líneas generales hay tres lugares a los que acudir para ello: 

  • En una notaría
  • En el Registro Autonómico
  • Ante tres testigos: la firma de los tres será necesaria y además, al menos dos de ellos no podrán ser padres, hijos, tíos, sobrinos o tener una relación económica con el testador.

Con todos los detalles que has podido descubrir, habrás llegado a la conclusión de que lo mejor para ti y los tuyos es dejar preparado un testamento de forma que cuando llegue el momento, no deban preocuparse por temas para los que los ánimos no acompañen.