Tengo el coche inundado, ¿lo cubre el seguro?
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Cuando se producen lluvias torrenciales, nuestros vehículos suelen ser uno de los elementos que más las sufren, bien por encontrarse en garajes subterráneos o por los daños que pueden padecer al caerles objetos como árboles, vallas publicitarias etc. En otras ocasiones, nuestro vehículo puede verse afectado por alguna rotura de cañería en la zona en la que se encontraba estacionado. Sea como fuere, tras la sorpresa que nos encontramos al ver que el agua ha entrado a nuestro coche y el temor a que haya quedado total o seriamente inutilizado, nos enfrentamos al problema de qué tenemos que hacer, ya que no es un fenómeno frecuente y lo normal es no saber si es una de las coberturas incluidas en nuestra póliza de seguro de coche.
Curiosamente, no es una cobertura que incluyan las compañías aseguradoras –ni en daños personales ni en materiales– si la inundación es causada por riesgos extraordinarios, ya que es el Consorcio de Compensación de Seguros, organismo dependiente del Ministerio de Economía, quien se hace cargo de los gastos e indemnizaciones a los afectados, ya que en todas las primas de seguros de automóvil, la compañía repercute una cantidad destinada a la financiación del Consorcio. Resulta obvio recordar que para poder acceder a una posible indemnización, es necesario tener en vigor el Seguro de Responsabilidad Civil, que es obligatorio para todos los vehículos. En el caso de existir daños personales, sólo tendrán derecho a indemnización los beneficiarios que tengan la cobertura del conductor contratada o bien un seguro de vida o accidentes que lo cubra.
Cómo reclamar al Consorcio de Compensación de Seguros
Aunque nuestra compañía no se vaya a hacer cargo, deberíamos contactar con ella para que nos informe de cómo debemos hacer la reclamación ante el Consorcio. Es importante recordar que tenemos un plazo de dos años en caso de daños materiales y hasta cinco para daños personales, aunque lo más recomendable es comenzar los trámites lo antes posible. Recuerda también incluir en la reclamación los gastos sanitarios o de salvamento que hayan surgido, si están incluidos en tu póliza y en la cantidad contratada.
La indemnización va a depender del estado en el que quede el vehículo y del valor del mismo principalmente. En caso de siniestro total recibiremos el valor venal del mismo justo antes de sufrir la inundación y si la reparación es viable, se encargará de costear sus gastos.
Si la inundación no se ha producido por un riesgo extraordinario, sino por la rotura de una alcantarilla, una presa, un canal o cualquier otro cauce artificial de forma no relacionada con los riesgos extraordinarios que cubre el Consorcio de Compensación de Seguros, el responsable será el dueño de la estructura, teniendo que cubrir los daños su seguro de responsabilidad civil. Y si no lo tiene, lo cubrirá el responsable. Por nuestra parte, deberíamos tener el de reclamación de daños contra el tercero responsable o la compañía de ese terceros. Es decir, en caso de responsabilidad manifiesta de terceros, no podremos reclamar al Consorcio.
En algunas ocasiones, los daños ocasionados por el agua son tan elevados que llevan a la declaración de zona catastrófica, como puede suceder en muchas localidades del Levante español con episodios de gota fría o el temporal “Filomena”.
Inundaciones del coche en un garaje
Si hemos dejado el coche en el interior de un garaje y éste se inunda, será responsabilidad del propietario de este cubrir los daños que hayamos sufrido, salvo que haya sido por un riesgo extraordinario, como hemos indicado anteriormente. Los garajes profesionales tienen un seguro de responsabilidad civil que se encarga de gestionar los daños que puedan sufrir los vehículos que en él se guardan y en este caso, al nuestro. En el caso de los garajes comunitarios, la comunidad de propietarios cuenta también con un seguro, que hará las mismas funciones para cubrir los daños que hayan podido ser causados a los coches, motos u otros vehículos que en él se hallen.
Actualmente algunas compañías están incluyendo entre sus coberturas a todo riesgo daños por fenómenos atmosféricos, por lo que te recomendamos que, en caso de inundación de tu vehículo, compruebes las coberturas contratadas en tu póliza de seguro de coche.
La póliza de Génesis Auto apunta, en la descripción de sus coberturas no incluidas en las condiciones generales, que indemnizará al asegurado por los daños materiales que pueda sufrir el vehículo a consecuencia de pedrisco, nieve, inundación causada por desbordamiento o desviación del curso normal de acequias, canales, colectores, alcantarillado u otros cauces subterráneos o en superficie, ya sean naturales o construidos por el hombre, si estos se desbordan, revientan, rompen o averían. En ningún caso, eso sí, se hará cargo de indemnizar si, como hemos visto antes, cualquiera de los accidentes anteriormente citados corresponde a riesgos que ampara el Consorcio de Compensación de Seguros (CCS). Además, si tienes contratada la cobertura de Daños Propios y la has contratado con franquicia, no se aplicará a los daños por fenómenos meteorológicos.
Quizá puedas contratar este tipo de garantía como algo adicional a la póliza de seguro que ya tienes, pero lo mejor es consultar con tu agente de confianza, porque ya sabes que como en casi todo en la vida, más vale prevenir que lamentar, y tirando ya de refranero español, somos muy de acordarnos de Santa Bárbara solo cuando truena, así que lo mejor es saber con antelación lo que nos podemos encontrar y lo que podemos esperar de nuestro seguro de coche, no sea que cuando queramos averiguarlo… sea tarde.