Vado permanente: ¿seguro que sabes todo lo que hay saber?

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En este artículo podrás informarte acerca de

La señal R-308 del código de circulación prohíbe el estacionamiento en el lado de la vía donde está situada la misma, y generalmente comienza desde el punto donde se encuentra la señal hasta la próxima intersección. Esta señal (de forma circular, con los bordes rojos, el fondo azul y una franja roja cruzando en diagonal) no prohíbe parar, solo estacionar. A continuación, veremos los tipos de señal R-308 para diferenciarlas del vado permanente.

  • Señal R-308 a: es igual que la R-308 pero tiene una franja blanca vertical en el centro, que indican que está prohibido estacionar los días impares.
  • Señal R-308 b: igual a la R-308 a pero con dos franjas blancas en lugar de una, lo que nos indica que está prohibido estacionar los días pares.
  • Señal R-308 c: es como la señal R-308 normal añadiendo los números “1-15” en blanco en la parte superior izquierda, indicándonos así que queda prohibido estacionar nuestro vehículo durante la primera quincena del mes.
  • Señal R-308 d: se trata de la misma señal que la R-308 c, pero esta vez con los números “15-31”, lo que nos indica que no se puede estacionar en la segunda quincena del mes.
  • Señal R-308 e: esta señal es la de vado permanente, y es un poco diferente a las anteriores, ya que es como la señal R-308 pero rodeada por un círculo amarillo en el que pone “salida de vehículos”. Todo esto se encuentra dentro de un recuadro rectangular con fondo blanco y enmarcado en un borde negro. Esta señal en concreto prohíbe el estacionamiento delante de un vado. Dependiendo de cada ayuntamiento, puede variar un poco la forma, y en la parte inferior de la señal se suele añadir una numeración que lo identifica.

El vado permanente, que es la señal de la que trataremos en este artículo, no es más que una autorización que conceden los ayuntamientos o municipios para reservar una plaza de la vía pública y que nadie pueda aparcar en ella, ya que se destinará a la salida o entrada de vehículos desde un inmueble.

¿Cómo se pide el vado permanente? 

Al depender de cada municipio o ayuntamiento, cada trámite de petición de vado permanente puede ser un poco distinta, por lo que tendremos que pedir información al respecto en nuestro ayuntamiento en concreto. Lo que sí suele ser común para todos ellos es la documentación que tendremos que aportar para poder solicitar el vado:

  • DNI del propietario fotocopiado (es aconsejable llevar también el original)
  • Una fotocopia que acredite la titularidad del inmueble en el que se solicita el vado
  • Los planos del inmueble
  • Informe detallado del ancho del vado que se solicita y de los posibles elementos de la vía pública afectados por el vado
  • Licencias de obra, de modificaciones o de actividad (según el municipio)
  • Abono de la tasa correspondiente (dependiendo del ayuntamiento) y se necesitará aportar el justificante del pago

Requisitos para poder ponerlo

Los requisitos para poder solicitar un vado permanente son:

  1. Ser titular del inmueble solicitante
  2. Ejercer una actividad empresarial que ofrezca servicios y necesite ese vado para poder ejercerlas (por ejemplo, un taller de coches)
  3. Si se está realizando una obra, los dueños pueden solicitar un Vado Permanente para habilitar la entrada y salida de vehículos destinada a ese fin

¿Cuánto cuesta?

La tasa que deberemos abonar al ayuntamiento dependerá de múltiples factores (como la categoría de la calle, el tamaño del vado o la ciudad donde nos encontremos), por lo que un vado permanente puede costar anualmente entre 50 y 2.500 euros. Además, tendremos que comprar la placa del vado, que puede salirnos por unos 12 euros.

¿Puedes aparcar en tu vado?

Al tratarse de un espacio reservado en la vía pública, no podrás aparcar en él, aunque el vado permanente sea tuyo, ya que este solo te da derecho al libre acceso, pero no al estacionamiento.

Los vados permanentes impiden el aparcamiento durante las 24 horas del día

La sanción por aparcar en un vado permanente, aunque sea el tuyo, será la misma que si aparcas en el de cualquier otro.

¿A qué distancia de un vado se puede aparcar?

A pesar de que no hay ninguna normativa específica al respecto, se debe aparcar siempre a los lados del vado permanente y respetar el espacio para que pase un vehículo por él sin problema. Generalmente, existen señales que lo delimitan (tanto verticales como en el suelo), y de no ser así, podremos fijarnos en el rebaje de la acera para calcular su dimensión y no rebasarlo. Nunca se debe usar un vado permanente para guardar aparcamiento en la calle.

¿Se puede comprobar si un vado está activo?

Para saber si un vado permanente está activo o no, se puede mirar una pegatina (en la placa del vado) en la que aparece el periodo de vigencia del mismo, o en caso de no tenerla, se puede consultar con los departamentos de movilidad o urbanismo del ayuntamiento donde esté el vado para cerciorarnos de que sigue activo, o si por el contrario ha caducado la licencia y podemos aparcar en él con seguridad.

¿Cuál es la multa por aparcar en un vado?

En caso de aparcar tu coche en un vado permanente y ser sancionado, te llegará una multa de 200 euros, aunque podrás pagar 100 si te acoges a la bonificación del 50% por pronto pago. 

Los vados permanentes prohíben aparcar a todo el mundo, incluso a su propietario

Si no estás conforme con la sanción y quieres recurrirla, existen muchos seguros de coche que incluyen las coberturas de recurso de multas y asistencia legal, lo que es muy interesante cuando se dan estas situaciones. 

Para saber qué pólizas integran estas coberturas y cuáles no, haz una comparativa de seguros de coche en nuestra web y sal de dudas, además de contar con la ayuda de los expertos que encontrarás a tu disposición para consultar las dudas que puedan surgirte.

¿Se puede aparcar delante de un garaje sin vado? 

Lo que dice el Reglamento General de Circulación, en su artículo 91.1, es que no se puede obstaculizar la salida o el acceso de vehículos de puertas particulares, ya sean garajes o viviendas, por lo que hacerlo conllevará la retirada del vehículo y la sanción correspondiente (la multa más el coste de la grúa y el depósito municipal).