Como se calculan las indemnizaciones por accidente
En este artículo podrás informarte acerca de
Es posible que hayas tenido la mala suerte de sufrir un accidente de tráfico, y que este no sólo te haya provocado daños materiales, sino también personales. En este caso la indemnización será por una doble vía, y dependiendo de las lesiones te corresponderá una cantidad u otra.
Sin embargo, no todo el mundo conoce que puede reclamar por estos derechos ni cuanto le corresponde. Además, las indemnizaciones no serán las mismas cuando se trate de un delito penal o de un trámite administrativo. El primer caso es mucho más difícil, más lento y tedioso de resolver, y lo más recomendable será que dispongas de un buen abogado para poder reclamar lo que te corresponda.
En caso de ser un trámite que se puede resolver entre compañías, probablemente no te lleve más de unos meses resolverlo. Eso sí, siempre va a depender del nivel de las lesiones.
Si has padecido un accidente seguramente te preguntarás cómo puedes calcular la indemnización que te corresponde por los daños personales sufridos. Estas lesiones pueden ser leves o graves. Por ello, lo primero que tienes que hacer es ponerte en manos de los profesionales sanitarios y luego de los servicios jurídicos, de los que seguramente dispongas con tu seguro de coche.
Es importantísimo, que tengas perfectamente documentado por escrito todas lesiones sufridas desde el minuto uno. Desde la primera atención hasta la última, en la que se incluyan pruebas, tratamientos etc. Ten en cuenta que los tratamientos realizados por la seguridad social siempre serán tenidos más en cuenta que los que hayas hecho por la vía privada.
Con la entrada del nuevo baremo, que entró en vigor el 1 de enero de 2016, conocer cómo se calcula una indemnización por accidente de tráfico es más difícil, ya que hay una nueva fórmula diferente a la empleada anteriormente para hacer los cómputos referentes a las indemnizaciones.
De hecho, calcular la indemnización no es una tarea fácil por lo que se recomienda el asesoramiento jurídico especializado. También puedes recurrir a una herramienta destinada al cálculo de indemnizaciones para víctimas de accidentes de circulación desarrollada por la Asociación empresarial del Seguro, UNESPA, en colaboración con TIREA.
Esta aplicación tiene como fin calcular las indemnizaciones correspondientes a las víctimas de siniestros de tráfico bajo el sistema de valoración del daño personal por accidentes de circulación que fija la Ley 35/2015.
El cálculo de una indemnización se basa en el concepto jurídico del “restitutium in integrum”, que siginifica devolver al lesionado a la situación previa al accidente. En muchos de los casos el lesionado no puede volver al estado anterior por lo que hay que indemnizar todos los daños ocasionados por el accidente de tráfico.
La fórmula para calcularlo se basa en varios parámetros, que están recogidos en el Baremo de Indemnizaciones por Accidentes de 2016. En este se contemplan las cantidades a percibir por las víctimas de accidentes de tráfico mediante una serie de tablas graduales que sirven para evaluar los daños.
Factores para hacer el cálculo indemnizatorio
Hay varios parámetros que deben tenerse en cuenta a la hora de calcular una indemnización, los principales son:
- Incapacidad temporal
Es el perjuicio particular que te haya causado el accidente y cómo te haya afectado en la realización de actividades diarias. Los días se clasifican en cuatro:
- Días muy graves: el lesionado pierde temporalmente su autonomía personal para realizar la casi totalidad de actividades esenciales de la vida ordinaria. El ingreso en la UCI constituye un perjuicio de este grado.
- Días graves: el herido pierde temporalmente su autonomía personal para realizar una parte relevante de las actividades de su día a día. Por ejemplo, si ha requerido ingreso hospitalario en planta.
- Días moderados: el lesionado pierde temporalmente la posibilidad de llevar a cabo una parte relevante de sus actividades específicas de desarrollo personal. Por ejemplo, una baja médica por unos días o semanas.
- Días básicos: el lesionado padece una dolencia producida por el accidente desde el momento del mismo hasta el final de su curación.
- Incapacidad Permanente
Si el accidente te provoca secuelas permanentes, también están recogidas en la tabla. Estas lesiones son las referidas a cualquier limitación, dolor o perjuicio derivado del accidente que persista después del periodo de curación. Cuando se considera que queda más de una secuela, se aplica la fórmula de Balthazard. Esta arroja el resultado mediante una serie de puntos que clasifican las secuelas concurrentes. Se valoran en un baremo de 0 a 100 puntos, y cada punto tiene una valoración en función de factores como la edad y el número de puntos.
- Daño estético
Las secuelas estéticas permanentes se recogen en los artículos 101, 102 y 103 de la valoración de los daños y perjuicios causados a las personas en accidentes de tráficos. También se calculan por puntuación, pero tienen un baremo diferente a las secuelas del anterior punto. Estas lesiones son: cicatrices, quemaduras, marcas… Además, pueden llevar asociado un perjuicio psicológico y/o funcional, por ejemplo, en el caso de una amputación. Se valora de 1 a 50 puntos y se hace de forma independiente al resto de secuelas.
- Secuelas físicas
Esta valoración es llevada a cabo por un médico forense, según su perjuicio anatómico-funcional, siendo 100 puntos, la máxima valoración. Por ejemplo: dolores, prótesis o pérdidas de funcionalidad.
- Secuelas psicológicas
Suelen ser los más difícil de percibir y por tanto de valorar, aunque son bastante frecuentes, especialmente en casos en los que haya lesiones de gravedad o secuelas estéticas o funcionales. En este grupo también están los daños morales tampoco son visibles y son secuelas personales que dependen de muchas variantes.
- Días de hospitalización y cirugías
Los días de hospitalización se valoran en base a dos criterios: los ‘días muy graves’ como por ejemplo la estancia en la UCI; y los ‘días graves’ que requieren ingreso en planta. Además, el perjuicio personal que padece el lesionado tras una intervención quirúrgica se indemniza con una cantidad recogida en la tabla 3.B del baremo de accidentes. Ésta estará situada entre un mínimo y un máximo dependiendo de la complejidad de la operación, así como el tipo de anestesia empleada.